Blog

¿Cómo deduzco de impuestos los intereses de mi hipoteca?

pexels-rodnae-productions-7821708
¿Cómo deduzco de impuestos los intereses de mi hipoteca? El sueño de todos los compradores es tener una hipoteca deducible de impuestos. En este artículo, Bancompara te explica cómo deducir de impuestos los intereses de tu hipoteca. Este es un beneficio del que puedes gozar, aunque no estés obligado a presentar tu declaración anual, ya seas trabajador independiente o asalariado. El plazo para que las personas físicas presenten su declaración anual vence hasta el 30 de abril, pero está por demás mencionar que es conveniente hacerlo antes y recibir en 5 días naturales la devolución. Un dato importante es que sólo se pueden deducir los intereses de créditos hipotecarios destinados a la casa habitación del contribuyente. Lee también: Hablemos de impuestos Para realizar el trámite deberás adjuntar a tu declaración la constancia emitida por la o las instituciones que te otorgan el crédito (Banco y/o Infonavit), en donde indique el monto de los intereses nominales devengados y pagados en el año, y el monto pagado de los intereses reales por separado, el nombre del acreditado, RFC, CURP, domicilio fiscal, nombre de la institución financiera, su RFC y representante legal (deberá proporcionártela antes del 15 de febrero). El interés real lo puedes calcular de la siguiente manera:

Tasa de Crédito – Tasa de Inflación = Interés Real

Es decir, si la tasa de interés de tu crédito es del 9.0% y la tasa de inflación de ese año es 2.5%, el interés real será de 6.5%. Si eres asalariado, debes informar por escrito a tu patrón que no presente declaración por ti ya que tú la presentarás en abril, tendrá que entregarte tu carta de retención de impuestos. Preferentemente solicítala antes de que la empresa realice el cierre de su contabilidad, o sea, durante los meses de noviembre y diciembre. Recuerda que sólo puedes presentar las deducciones por el presente año ¡no son acumulables!, así que programa y anticipa la solicitud de constancias y cartas que se requieran para el trámite. En 2016 hubo un aumento en el tope de las deducciones personales incrementándose de 4 (o sea $106,638.40) a 5 ($133,298.00) salarios mínimos generales anuales, así como de 10% a 15% del total de los ingresos del contribuyente, de lo cual deducirán la cantidad que sea menor de las dos (salario mínimo $73.04, año 2016). ¡Ojo! Si tu crédito hipotecario es mayor a 750 Udis, actualmente son $ 4,105,750.50 millones (esta es una unidad de inversión que cambia diariamente, a 05 de octubre de 2016 es de 5.4743340000), no podrás deducir todos los intereses reales, ese es el límite que marca la ley, más podrás seguir deduciendo parte de los intereses de tu crédito. ¿Y si no soy el único responsable de pagar el crédito? Bueno, en caso donde varias personas sean las responsables del pago de un crédito hipotecario y se especifique el porcentaje que corresponde a cada uno, deberán de solicitar cada parte por separado la constancia a la institución financiera correspondiente y presentar la declaración para recibir la devolución que le toca a cada uno. Cuando sea un crédito hipotecario con cónyuge/copropietario del inmueble y sólo uno de ellos reciba ingresos en el año, dicha persona podrá deducir los intereses pagados y devengados en su totalidad. Bancompara agradece a C.P. Juan Emilio Medellín Ramírez por su colaboración en la redacción de éste artículo, si necesitas asesoría jurídica puedes contactarlo a [email protected]